domingo, 26 de octubre de 2014

JUSTICIA SOCIAL

Ya hemos hablado en artículos anteriores de la justicia, tanto de la justicia en el sentido estricto del término, como de la justicia institucional. Ahora bien, ¿qué podemos decir de la justicia social?

Este concepto, es también controvertido, sin embargo, tomaremos en este caso la definición que usa Rawls, pues nos pareció una de las más integradas, ésta se refiere a que la justicia social no se basa en que algunos deban tener menos para que otros obtengan más, lo cual sería ventajoso pero no justo. La justicia social comprende un esquema de cooperación para que todos obtengan una vida satisfactoria, lo que conduce a pensar en una distribución equitativa de oportunidades, de ventajas.[1]

Bueno, tomando esta definición en cuenta y para no atormentarlos por mucho tiempo hablaremos del caso específico de México. Él nos bastará por ahora.

¿Podemos hablar de justicia social a los niños que fallecen de hambre y de enfermedades como la gripe o las infecciones estomacales en una de las comunidades más pobres de la Montaña de Guerrero? ¿O a los campesinos de las zonas más pobres del país que se alquilan para trabajar en la frontera a cambio de sueldos de miseria?

¿Existirá justicia social para el pasante de medicina que realiza su servicio social en una zona rural de Oaxaca cuando se percata que no existen medicinas para tratar las afecciones más comunes de la población?

¿Qué pensará de la justicia social una empleada de una maquiladora en Puebla que recibe menos del salario mínimo y que incluso labora más de diez horas diarias para darle de comer a sus hijos?

Suponemos que si le preguntamos a una de las tantas mujeres que dio a luz en el patio de un hospital en Puebla si cree que existe justicia social, es probable que nos termine diciendo hasta de lo que vamos a morir. Quizá lo mismo sucedería si le preguntamos a alguna víctima de violación, cuando lejos de sentirse protegida en el Ministerio Público, se siente agredida por los comentarios lascivos de los oficiales que la interrogan.

¿Existirá diferencia si preguntamos por ejemplo a un preso político o a alguno de los despachos de Carlos Slim su opinión acerca de la justicia social? La respuesta sería obvia, los abogados del magnate quizá estén demasiado conformes y gustosos cuando a su cliente se le reintegren enormes cantidades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, gracias a sus argucias legales. Por su parte, el preso político difícilmente opinaría lo mismo, los años y los maltratos a los que ha sido sometido en su reclusión quizá le hayan mostrado una realidad completamente distinta.

Podemos ver con estos ejemplos, que es evidente que la justicia social está sumamente devaluada en nuestro país, y las políticas gubernamentales no parecen tener intención de mejorarla, incluso, parecen atentar contra ella. 





[1] Cfr. Rawls John, Teoría de la Justicia, FCE, 1979, p. 32

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